jueves, 16 de febrero de 2023

 

NUEVO SISTEMA DE COTIZACIÓN PARA AUTÓNOMOS EN 2023


NOTICIA: By Grupo ESKU  (https://grupoesku.com/nuevo-sistema-de-cotizacion-para-autonomos-en-2023/)

 A partir del 1 de enero de 2023, entra en vigor el  Real Decreto-ley 13/2022 de 26 de julio de 2022, por el que las bases de cotización del RETA se basarán en los rendimientos obtenidos y no en la base elegida como se hace en la actualidad.

Por lo que toda persona que se encuentre dentro del RETA deberá elegir la base de cotización dentro de unos tramos que marca los rendimientos netos. El sistema para 2023 a 2025 sería de la siguiente forma:

  • Se elige la base de cotización en previsión de los rendimientos netos que se espera percibir por la actividad, también existe la posibilidad para el autónomo que esté cotizando por encima de lo que marca las tablas en diciembre de 2022, de que mantenga esa base por la que viene cotizando.
  • Con la presentación de la declaración de IRPF al año siguiente, la Seguridad Social regularizará las bases de cotización del año declarado, en el caso de que se haya cotizado por encima, se dará la opción a mantener las cotizaciones o devolver las cuotas pagadas en exceso.

Las tablas que marcan las bases que se pueden elegir en función de los rendimientos netos son las siguientes:

Las bases de cotización se podrán modificar seis veces al año en función de la previsión de los rendimientos netos en las siguientes fechas:

  • 1 de marzo de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
  • 1 de mayo de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero del año 2024, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

En lo que se refiere la Tarifa Plana, si se cumple las condiciones para poderse acoger, esta será de 80 € durante los 12 primeros meses, y este periodo no será objeto de regularización.

Las bonificaciones en la cotización por cuidado de menor afectado por una enfermedad grave y por reincorporación a su actividad de trabajadoras autónomos, siguen en las mismas condiciones.


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